La Asociación tiene por objeto:
a) Fomentar el espíritu gremial de los propietarios de talleres y afines;
b) Ejercer la representación de sus asociados, en defensa de sus intereses y derechos profesionales;
c) Propender a coordinar los intereses entre el capital y el trabajo, interviniendo en caso de conflictos locales, para evitar por todos los medios lícitos el planteo de situaciones de fuerza;
d) Propender a la organización de los talleres, y al perfeccionamiento social y profesional de sus asociados, facilitándoles el asesoramiento técnico y legal necesario;
e) mantener relaciones con sociedades similares del país y del extranjero, pudiendo adherirse a Federaciones de Asociaciones de fines análogos y contratar con sociedades civiles o comerciales que persigan fines útiles;
f) Fomentar las relaciones comerciales entre sus asociados, procurando solucionar las diferencias que entre ellos se susciten, a fin de evitar la intervención judicial;
g) organizar la difusión y el conocimiento de informaciones generales, y para favorecer a sus asociados y colaboradores (empleados y obreros);
h) Propender dentro del estricto sentido mutual a la creación de dependencias o departamentos, para prestar a sus asociados servicios médicos y todo otro socorro o beneficio y fomentar el cooperativismo;
i) colaborar con los poderes públicos en todo cuanto se refiera al cumplimiento de sus fines.-